En medio de aplausos de grupos de mujeres y representantes de colectivos gays y lésbicos, el Congreso Nacional aprobó por unanimidad reformas al Código Penal que contemplan cuantiosas multas y sanciones contra aquellos que promuevan la discriminación por raza, sexo, orientación sexual, identidad de género o religión.
“Hemos llegado a niveles insoportables de muertes, de número de asesinatos…. Un asesinato de por sí debería ser insoportable y no podemos llegar al extremo de acostumbrarnos a eso”, dijo Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso Nacional, al lamentar los femicidios.
Fue el diputado Mario Pérez el responsable de leer las reformas realizadas a los artículos 27 y 321 del decreto número 144-83 del Código Penal que considera “cometer el delito con odio o desprecio en razón del sexo, género, religión, origen nacional, pertenencia a pueblos indígenas y afro-descendientes, orientación sexual o identidad de género, edad, estado civil o discapacidad, ideología u opinión política de la víctima”.
De esa manera, el artículo 118-A queda de la siguiente manera: “Incurre en el delito de femicidio, el o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer y se castigará con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de reclusión, cuando concurran una o varias de las circunstancias…”.
“Dijimos que iba a ser un año de grandes cambio. Tal vez algún sector nos vas a criticar, así como nos han criticado por revisar las exoneraciones fiscales y el sistema de tarjetas de crédito y por buscar la certificación de la Policía, Ministerio Público y jueces, pero debemos estar a la altura de la realidad”, dijo Hernández.
La ministra de Justicia y Derechos Humanos, Ana Pineda, quien estuvo presente en el hemiciclo y realizó varas intervenciones, mostro su alegría por las reformas aprobadas y felicitó al Congreso Nacional por la voluntad y valentía de realizarlas.
Por su parte, Maria Antonia Votto, en representación de grupos de mujeres dijo: “Es un día histórico para nosotras. Hemos estado pidiendo a gritos que se aprueben desde hace muchos años estas reformas y nos da mucho gusto que estén aprobando que el femicidio sea castigado con severidad”.
OTRAS SANCIONES: Se contempla multas de hasta 300 mil lempiras y cinco años de prisión a los medios de comunicación y a quienes por medio de estos promuevan actitudes discriminatorias tipificadas en los artículos reformados del Código Penal.
El artículo 311 dice: “Será sancionada con reclusión de tres a cinco años y se le aplicará una multa de 30 mil lempiras a 50 mil lempiras a la persona que, arbitraria e ilegalmente, obstruya, restrinja, disminuya, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos o deniegue la prestación de un servicio profesional por motivos de sexo, género, edad, orientación sexual, identidad de género, militancia partidista u opinión política, estado civil, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, idioma, lengua, nacionalidad, religión, filiación familiar, condición económica o social, capacidades diferentes o discapacidad, condiciones de salud, apariencia física o cualquier otra que atente contra la dignidad humana”.
En esta parte del debate, el presidente del Congreso Nacional bromeo preguntándole a la ministra de Justicia y Derechos Humanos: “¿O sea que ya no me pueden decir indito lenca pelo parado ni Juan Tortilla?”. El comentario provocó la risa de los presentes.
Viernes, 22 de Febrero de 2013 13:56
Congreso Nacional aprobó reformas al Código Penal para castigar femicidios con 40 años de cárcel
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